Plusvalía fiscal

Plusvalía fiscal

Es el beneficio obtenido después la venta de un activo financiero, en el caso de un fondo de inversión es la diferencia entre el precio de compra de las participaciones (suscripción) y el precio de venta de las mismas (reembolso). Cuando el valor de una inversión incrementa, se dice que se registró una plusvalía (rendimiento positivo de la inversión), por el contrario, cuando desciende su valor, se habla de una minusvalía (rendimiento negativo de la inversión)

Fiscalidad

El partícipe de un fondo de inversión sólo tributa cuando realiza el reembolso de las participaciones. En este momento, se genera un rendimiento positivo o negativo, que afectos fiscales tiene la consideración de ganancia o pérdida patrimonial, y como tal debe integrarse en la base imponible del ahorro en el IRPF, tributando según los siguientes tramos:

  • Hasta 6.000 €: -19 %
  • Entre 6.000 y 50.000 €: -21 %
  • Más de 50.000 €: -23 %

Es decir, si no existe plusvalía, no habría que tributar.

En el caso del País Vasco los porcentajes serían los siguientes:

  • Hasta 2.500 €: -20 %
  • Entre 2.500 y 10.000 €: -21 %
  • Entre 10.000 y 15.000 €: – 22 %
  • Entre 15.000 y 30.000 €: -23 %
  • Más de 30.000 €: -25 %

Y para Navarra:

  • Hasta 6.000 €: -20 %
  • Entre 6.000 € y 24.000 €: -24 %
  • Más de 24.000 €: -27 %

A diferencia de los planes de pensiones, al tributar en una base distinta no se suma a la base imponible general y por lo tanto el tipo marginal no se dispara.
Además, lo normal es que esta ganancia ya sea neta de comisiones y gastos por el mantenimiento del fondo.
Por todo ello, un fondo de inversión puede ser un instrumento excelente a efectos fiscales para gestionar el ahorro a cualquier plazo.

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