Principales incidencias adversas

No consideración de las principales incidencias adversas

  • Motivos de la no consideración

    El Reglamento (UE) 2019/2088 sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros (SFDR) define las “principales incidencias adversas” como “el impacto negativo significativo en el medioambiente o la sociedad que podría producirse como consecuencia de la inversión en una determinada actividad económica”

    Nuestro enfoque de inversión responsable implica entender cómo las empresas y activos que analizamos se relacionan con la sociedad y con su entorno en el desarrollo de su actividad, mediante la incorporación de factores y aspectos ESG a nuestros procesos de análisis e inversión.

    Gran parte de estos factores están recogidos como Principales Incidencias Adversas en el Reglamento SFDR. Sin embargo, otros no se encuentran suficientemente documentados, lo que no nos permite realizar una valoración suficientemente rigurosa del impacto de nuestras decisiones de inversión en dichos factores.

    En consecuencia, y coherentemente con nuestro compromiso con los objetivos de transparencia y rigor en la información al mercado que persigue el Reglamento (UE) 2019/2088 de SFDR, hemos optado por no informar en estos momentos sobre las principales repercusiones negativas sobre los factores de sostenibilidad.

    En adelante, seguiremos atentamente las recomendaciones de los reguladores, así como la mejora de la información disponible, con el fin de seguir trabajando para mejorar nuestros procesos de análisis y evaluación, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros.

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