Cuál es la aportación máxima a los planes de pensiones y cómo obtener mayor beneficio

Los planes de pensiones son instrumentos de ahorro, que permiten obtener unas prestaciones que actúan como complemento a las prestaciones de la Seguridad Social para mantener nuestro nivel de vida.

14/12/2020
Cuál es la aportación máxima a los planes de pensiones y cómo obtener mayor beneficio

Los planes de pensiones son instrumentos de ahorro, que permiten obtener unas prestaciones que actúan como complemento a las prestaciones de la Seguridad Social para mantener nuestro nivel de vida. Cubren distintas contingencias, principalmente la jubilación.

Los partícipes realizan las aportaciones en función de su capacidad económica y estas se van acumulando. Acaecida la contingencia se genera un derecho para los beneficiarios que da lugar al cobro de las correspondientes prestaciones.

Las aportaciones a los planes de pensiones son flexibles, pudiendo tener carácter periódico (mensual, trimestral, anual, etc) o extraordinario.

Además, nos aportan ventajas fiscales. Las aportaciones satisfechas a los planes de pensiones, tanto las que hayan sido realizadas por el empresario como las realizadas por el propio partícipe, generan un derecho a aplicar una serie de reducciones en el IRPF sujetas a determinados límites.

En el siguiente cuadro se detallan los límites fiscales aplicables a las reducciones por aportaciones a planes de pensiones, en función del territorio.

 

RÉGIMEN FISCAL DE LAS APORTACIONES

TERRITORIO COMÚN1

LÍMITE FISCAL DE LAS REDUCCIONES:

La menor de las siguientes cantidades:
– 30% suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas; o
– 1.500€ anuales

INCREMENTO DEL LÍMITE:

Adicionalmente, 1.000€ anuales por aportaciones a planes de pensiones de cónyuges cuando:
– No obtengan rendimientos del trabajo ni de actividades económicas; o
– Rendimientos del trabajo (RT) + Rendimientos de Actividades Económicas (RAE) < 8.000€

NAVARRA

LÍMITE FISCAL DE LAS REDUCCIONES:

Partícipes menores de 50 años
La menor de las siguientes cantidades:
– 30% suma rendimientos del trabajo y actividades económicas; o
– 1.500€ anuales.

Partícipes mayores de 50 años
La menor de las siguientes cantidades:
– 50% suma rendimientos del trabajo y actividades económicas; o
– 1.500€ anuales

INCREMENTO DEL LÍMITE:

Adicionalmente, 1.500€ anuales por aportaciones a planes de pensiones de cónyuges cuando:
– No obtengan rendimientos del trabajo ni de actividades económicas; o
– RT +RAE < 8.500€

PAÍS VASCO (EPSV)

LÍMITE FISCAL DE LAS REDUCCIONES:

– 5.000€ anuales por aportaciones de partícipes.
– 8.000€ anuales por contribuciones empresariales.

Límite conjunto:
12.000 € anuales por aportaciones y contribuciones

INCREMENTO DEL LÍMITE:

Adicionalmente, 2.400€ por aportaciones a planes de pensiones de cónyuges cuando:
– No obtengan rendimientos a integrar en la Base Imponible General; o
– Rentas < 8.000€

 

1. Que comprende la totalidad del territorio español excluyendo al País Vasco y a Navarra, Comunidades Autónomas que gozan de autonomía fiscal.

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